¿Tiene su País un Convenio con EE. UU.?

El DiarioImpuestos

¿Tiene su País un Convenio con EE. UU.?

Por Andres Platts · 4 min de lectura

En breve

Un convenio tributario con EE. UU. reduce la retención sobre ciertos ingresos de su empresa. México, España y Venezuela tienen uno; Colombia, Ecuador y Perú no.

Un convenio tributario (o convenio de doble tributación) puede reducir o eliminar la retención que Estados Unidos aplica sobre ciertos ingresos de su empresa. México, España y Venezuela tienen uno vigente con EE. UU.; Colombia, Ecuador, Perú y Argentina, no.

La respuesta honesta es más matizada que un simple sí o no. Un convenio puede cambiar una parte puntual de sus obligaciones (la retención sobre ingresos pasivos que salen de EE. UU.) sin tocar el resto: presentar declaraciones, mantener un agente registrado o cumplir con el reporte anual de su estado sigue siendo obligatorio, con o sin convenio.

¿Qué Es un Convenio Tributario con EE. UU., y Qué Hace?

Un convenio tributario de EE. UU. es un acuerdo bilateral entre Estados Unidos y otro país, diseñado para que la misma renta no se grave dos veces y para fijar reglas claras sobre qué país tiene el primer derecho a gravar cada tipo de ingreso. Cubre típicamente dividendos, intereses, regalías, rentas de trabajo y, en algunos casos, ganancias de capital.

En la práctica, un convenio es un reglamento sobre quién grava qué. No lo exonera de presentar declaraciones ante el IRS, y no sustituye el cumplimiento societario de su LLC o Corporation: solo redistribuye la potestad tributaria entre los dos países para evitar la doble imposición.

¿Tiene Mi País un Convenio con Estados Unidos?

Depende, y la respuesta importa más de lo que muchos fundadores creen. Estados Unidos mantiene convenios de impuesto sobre la renta vigentes con más de 60 países. Dentro de la audiencia habitual de Prodezk, México (firmado en 1992) y Venezuela (1999) sí tienen un convenio vigente con EE. UU., igual que España. Colombia, Ecuador, Perú y Argentina, en cambio, no figuran en la lista oficial del IRS de convenios en vigor.

Como el mapa es desigual, lo prudente es confirmar el estatus exacto de su país en la fuente oficial (la lista A-Z de convenios del IRS) antes de asumir que le aplica un beneficio, en lugar de guiarse por lo que hizo un colega de otro país.

¿Qué Cambia Realmente un Convenio Para Mi Empresa en EE. UU.?

Principalmente cambia la retención sobre ingresos pasivos que salen de Estados Unidos. Sin convenio, ciertos pagos de fuente estadounidense (dividendos, intereses, regalías) a un beneficiario extranjero están sujetos a una retención del 30 por ciento. Un convenio puede reducir esa tasa, en ocasiones hasta cero, según el tipo de renta y el artículo específico del tratado.

Estados Unidos mantiene convenios de impuesto sobre la renta vigentes con más de 60 países.
De este artículo

Lo que un convenio no hace es eliminar el impuesto de EE. UU. sobre la renta efectivamente conectada con un negocio o comercio en Estados Unidos. Esa renta se grava sobre base neta, con o sin convenio, porque el tratado no la considera pasiva.

  • Renta pasiva que sale de EE. UU. (dividendos, intereses, regalías): un convenio puede reducir la retención por defecto del 30 por ciento, en algunos casos hasta cero.
  • Renta efectivamente conectada con un negocio en EE. UU.: se grava sobre base neta, exista o no un convenio.
  • Residencia y establecimiento permanente: el convenio define estos términos, y de ahí depende qué país tiene el primer derecho a gravar la utilidad.

¿Cómo Reclamo los Beneficios del Convenio?

Reclama los beneficios del convenio documentando su condición de extranjero y, cuando corresponda, revelando la posición adoptada frente al IRS. El proceso tiene pasos concretos, no es automático.

  1. 01Confirme que su país tiene un convenio vigente e identifique el artículo y la tasa que aplica a su tipo de ingreso.
  2. 02Entregue al pagador estadounidense el certificado de retención correcto: Formulario W-8BEN para una persona natural, W-8BEN-E para una entidad.
  3. 03Obtenga la identificación fiscal necesaria para sustentar el reclamo: un EIN para la empresa y, cuando se requiera, un ITIN para la persona natural.
  4. 04Cuando adopte una posición basada en el convenio en una declaración de EE. UU., presente el Formulario 8833 para revelarla, y conserve el respaldo documental.

Estos formularios no son intercambiables, y usar el incorrecto invita a una retención excesiva o a que el pagador rechace el certificado por prudencia.

¿Qué Pasa Si Mi País No Tiene Convenio?

Entonces aplican las reglas generales, y son manejables. Sin convenio, la renta fija o determinable de fuente estadounidense que recibe un beneficiario extranjero suele retenerse al 30 por ciento, sin la reducción que ofrecería un tratado.

Mucho depende de cómo genera ingresos realmente su negocio. Si su renta no es de fuente estadounidense, o está efectivamente conectada con su negocio en EE. UU. y se declara sobre base neta, la ausencia de convenio pesa menos de lo que parece a primera vista. La estructura de su operación, no solo el pasaporte, determina el resultado final.

Cómo le Ayuda Prodezk con Esto

Durante 24 años hemos asesorado a fundadores que forman y operan empresas en EE. UU. desde países con convenio y sin él, en toda Latinoamérica y España. Sabemos qué certificado corresponde a cada caso y cuándo vale la pena revisar la estructura antes de que la retención se convierta en una sorpresa.

Si quiere certeza sobre si un convenio cambia algo para su empresa en EE. UU., y qué hacer al respecto, comience su solicitud y un asesor revisará su caso con usted.

¿Listo para construirlo de verdad?

Leer es la parte fácil. Cuéntenos qué está creando y un asesor de Prodezk trazará la entidad, el estado y los costos, y luego se encarga de todo por usted.

Comenzar su gestión