El interior de una sala de audiencias con paneles de madera, donde se escucha una apelación.

Obligaciones

Apelaciones ante el IRS.

Cuando el IRS o una autoridad fiscal estatal llega a una decisión que usted disputa, la respuesta rara vez es pagar y seguir adelante. Existe un proceso estructurado para apelarla, y cambia los desenlaces con más frecuencia de la que los fundadores esperan.

Apelaciones presentadas para nuestros clientes en procesos del IRS y estatales desde 2002.

A veces el IRS, o un departamento de rentas estatal, toma una decisión que el fundador considera equivocada. Una multa impuesta por un error menor. Una deducción negada sin explicación suficiente. Un requerimiento de impuestos atrasados basado en una auditoría que pasó por alto documentos clave. Un ajuste de impuesto a las ventas que ignora la posición de nexo de la empresa. Cada uno de estos es candidato a una apelación.

La mayoría de los fundadores, al recibir el aviso, o lo pagan o se paralizan. Ambas respuestas suelen ser erróneas. Lo correcto es leer el aviso con cuidado, identificar el plazo y decidir si la decisión de fondo merece un cuestionamiento. A continuación está el marco que recorremos con cada cliente cuando llega uno de esos avisos.

El plazo no es negociable.

Cada aviso del IRS y cada liquidación estatal incluye un plazo dentro del cual debe presentarse la apelación. El plazo está impreso con claridad, por lo general 30, 60 o 90 días desde la fecha del aviso. Una vez que pasa, la vía de la apelación queda cerrada.

Si el plazo se pierde, las opciones restantes son pagar la liquidación y demandar para obtener una devolución (un camino mucho más difícil), o negociar una oferta de transacción (un camino mucho más estrecho). Ninguna conserva la fuerte ventaja que da el proceso de apelación.

Primer paso ante cada aviso: identificar el plazo. Segundo paso: decidir si apelar. Ambos deberían ocurrir dentro de la primera semana de recibido el aviso.

Qué hace en realidad la Oficina de Apelaciones del IRS.

La Oficina de Apelaciones del IRS es una oficina independiente dentro del IRS, separada de los agentes que propusieron el ajuste original. Sus funcionarios están expresamente facultados para resolver casos con base en el criterio de los "riesgos de litigio": lo que probablemente ocurriría en un tribunal si el caso se llevara a juicio.

Ese criterio es lo que vuelve útil el proceso de apelación. Al auditor que propuso el ajuste no se le permite considerar los riesgos de litigio; aplica las reglas tal como están escritas. El funcionario de apelaciones sí puede. Muchos casos que parecen imposibles de ganar en la etapa de auditoría se resuelven de forma favorable en apelaciones, porque el funcionario puede ponderar las realidades prácticas, no solo la norma.

Una apelación no es una queja. Es una protesta formal y estructurada que la Oficina de Apelaciones del IRS está obligada a considerar por sus méritos, no por la primera decisión del auditor.

Casos que apelamos.

Hay varias categorías recurrentes en las que presentamos apelaciones en nombre de los clientes. El patrón es similar en todas: una agencia federal o estatal tomó una decisión, la empresa tiene un desacuerdo sustancial y la apelación conserva la ventaja para llegar a un acuerdo.

  • Ajustes de auditoría del IRS que proponen impuestos adicionales
  • Imposición de multas (por no presentar, por no pagar, relacionadas con la exactitud)
  • Negaciones de solicitudes de devolución
  • Multas por recuperación de fondos en fideicomiso sobre directivos responsables
  • Negaciones de alivio por cónyuge inocente o cónyuge perjudicado
  • Apelaciones de debido proceso de cobro (CDP) sobre gravámenes o embargos
  • Liquidaciones estatales de impuesto a las ventas tras una disputa de nexo o de auditoría
  • Ajustes estatales de franchise tax

Qué redactamos y presentamos.

Una apelación se construye en torno a una protesta formal por escrito. La protesta debe identificar los puntos en disputa, exponer la base legal y fáctica específica del desacuerdo, y solicitar una conferencia de apelación. Nosotros redactamos la protesta, adjuntamos la documentación de soporte y la presentamos dentro del plazo del aviso.

Una vez aceptada, el caso pasa a un funcionario de apelaciones. Representamos a la empresa en la conferencia de apelación, negociamos y finalizamos la resolución. Si el caso se resuelve, documentamos el acuerdo y lo confirmamos con la agencia. Si no, el caso puede pasar a la Corte Tributaria, pero eso es un compromiso distinto.

Un representante revisando los documentos del caso antes de una apelación.
6 - 12

Meses desde la presentación hasta la resolución típica de una apelación ante el IRS

Cuando una apelación estatal corre en paralelo.

Un ajuste del IRS con frecuencia se traslada al estado. Si el IRS recalcula la renta gravable federal, el estado recalcula de forma automática la renta gravable estatal con base en el cambio federal. Si el estado entonces liquida un impuesto estatal adicional, esa liquidación también debe apelarse dentro de los plazos propios del estado.

Coordinamos las apelaciones federal y estatal cuando ambas están abiertas, de modo que los acuerdos a nivel del IRS se trasladen limpiamente al estado. Sin coordinación, los fundadores resuelven el asunto federal y, seis meses después, encuentran a la espera una liquidación estatal que usa cifras desactualizadas.

Un edificio institucional de Estados Unidos de noche, el contexto institucional de toda apelación fiscal.
Presentamos apelaciones en todos los estados y a nivel federal para clientes a lo largo de los 50 estados.

Lo que la apelación no hace.

Una apelación no borra el asunto de fondo. Es una negociación estructurada sobre cuál es la respuesta correcta. Si la auditoría del IRS estaba en lo cierto en cuanto al fondo, la apelación no cambiará el desenlace; solo lo confirmará. La apelación funciona cuando hay un desacuerdo sustancial, cuando la documentación respalda una posición distinta, o cuando la decisión original aplicó en exceso una regla.

Le decimos, tras revisar el aviso, si creemos que la apelación tiene una posibilidad real. Si no la tiene, recomendamos otro camino (condonación de multas, acuerdo de pago en cuotas, o sencillamente pagar y seguir adelante). La apelación es una herramienta, no una opción por defecto.

Preguntas

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo apelar una decisión del IRS?

Cada vez que el IRS proponga un cambio de impuestos, niegue una devolución, imponga una multa o tome una acción de cobro con la que usted no esté de acuerdo. La apelación debe presentarse dentro del plazo indicado en el aviso del IRS (por lo general, de 30 a 90 días). Después del plazo, sus opciones se reducen de forma considerable.

¿La apelación pausa automáticamente el cobro?

Una apelación aceptada suele pausar el cobro mientras la revisa la Oficina de Apelaciones del IRS. Presentarla por sí sola no basta; la apelación debe estar bien redactada y ser aceptada. Nosotros la presentamos de un modo que activa la pausa.

¿Qué es la Oficina de Apelaciones del IRS?

Una oficina independiente dentro del IRS que resuelve disputas sin litigio. Sus funcionarios tienen autoridad para resolver casos sobre la base de los "riesgos de litigio", es decir, pueden negociar según lo que probablemente ocurriría en un tribunal, no solo según lo que decidió el auditor. Es una oportunidad real de obtener un desenlace distinto.

¿Puedo apelar una decisión de impuestos estatales del mismo modo?

El proceso varía según el estado, pero la mayoría tiene un procedimiento formal de apelación para decisiones de impuesto a las ventas, franchise tax e impuesto a la renta. Manejamos las apelaciones estatales junto con las federales, algo común cuando un ajuste del IRS se traslada a la obligación estatal.

¿Cuánto tarda el proceso de apelación?

Desde la presentación hasta la resolución, las apelaciones ante el IRS suelen tardar de 6 a 12 meses. Las estatales varían de 3 a 18 meses según el estado y la complejidad del caso. La mayoría se resuelven antes de llegar a un tribunal.

¿Cuánto cuesta una apelación?

El costo depende de la complejidad del caso, el monto en disputa y de si las apelaciones estatal y federal corren juntas. Le damos una cotización exacta tras revisar el aviso de origen y el historial fiscal de la empresa.

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